Visas de Preferencia Familiar
Criterios de Elegibilidad Tenga en cuenta la siguiente información. Si es familiar de un ciudadano estadounidense y no califica como familiar inmediato, aún puede solicitar la residencia permanente basada en su relación familiar. Según la Sección 42.31 del 22 CFR, las personas elegibles para el estatus de inmigrante de preferencia familiar incluyen:
- Primera preferencia (F1) – hijos solteros e hijas solteras que tienen 21 años o más de ciudadanos estadounidenses;
- Segunda preferencia (F2A) – cónyuges e hijos (que son solteros y menores de 21 años) de residentes permanentes legales;
- Segunda preferencia (F2B) – hijos solteros e hijas solteras que tienen 21 años o más de residentes permanentes legales;
- Tercera preferencia (F3) – hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y
- Cuarta preferencia (F4) – hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más).
Para obtener la residencia permanente, primero debe presentar un Formulario I-130 con USCIS. Este formulario debe incluir pruebas de la ciudadanía de su familiar ciudadano estadounidense y su relación familiar. Si ingresó a los Estados Unidos legalmente, es posible que pueda presentar una solicitud para ajustar su estatus a residente permanente concurrentemente o después de la aprobación del Formulario I-130, siempre que haya una visa de inmigrante disponible de inmediato.
Si se encuentra fuera de los Estados Unidos, una vez que se apruebe su Formulario I-130, puede continuar con el procesamiento de la Visa de Inmigrante a través de una Embajada o Consulado de EE. UU. en el extranjero, siempre que haya una visa de inmigrante disponible de inmediato. Puede ingresar a los Estados Unidos como Residente Permanente Legal (LPR) tras la aprobación de su visa de inmigrante.
Para obtener información sobre la disponibilidad de visas de inmigrantes, consulte los siguientes enlaces de sitios web:
Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad