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Visas de Familiares Inmediatos

Visas para Padres, Hermanos y Familiares Inmediatos Alguna de la información en esta página está públicamente disponible en el sitio web de USCIS. Criterios de Elegibilidad Según el 8 CFR 245.1(b)(5), los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la residencia permanente basada en su relación familiar. Las personas que califican como familiares inmediatos son:

  • Hijos/hijas solteros de un ciudadano estadounidense que tengan menos de 21 años de edad
  • Padres de un ciudadano estadounidense (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más)
  • El cónyuge de un ciudadano estadounidense

 

Solicitud de Visa Basada en la Familia

Para obtener la residencia permanente, el primer paso es presentar un Formulario I-130 con USCIS y proporcionar pruebas de la ciudadanía del familiar del ciudadano estadounidense y la relación familiar. Si el familiar extranjero entró a los Estados Unidos legalmente, puede presentar una solicitud para ajustar su estatus a residente permanente concurrentemente o después de la aprobación del Formulario I-130.

Si el familiar extranjero se encuentra fuera de los Estados Unidos, puede someterse al procesamiento de Visa de Inmigrante a través de una embajada o consulado de los EE. UU. en el extranjero. Tras la aprobación de su visa de inmigrante, el familiar extranjero puede ingresar a los Estados Unidos como Residente Permanente Legal (LPR).

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